En la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, se le confieren atribuciones a la Secretaría de Desarrollo Económico, en materia minera, en su artículo 43 fracción II: Coordinarse con autoridades federales, estatales y municipales para la elaboración y ejecución de programas y proyectos tendientes a la promoción del desarrollo de la industria minera, así como la planeación y programación de las obras e inversiones tendientes a promover la racional explotación de los recursos minerales del Estado.
La Ley de Fomento Económico para el Estado de México, en su artículo 38 establece que el Instituto de Fomento Minero y Estudios Geológicos del Estado de México (IFOMEGEM) es un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonios propios, que tiene por objeto impulsar el desarrollo minero en la Entidad y realizar estudios geológicos aplicados a la actividad minera y a la geología ambiental.
Las funciones del Instituto lo constituyen como el organismo auxiliar de la Secretaría de Desarrollo Económico, en sus atribuciones en materia minera.
